Estudiar en el exterior se paga a dólar oficial y puede ser posible aún en la Argentina de hoy. Como los libros, entre otros, los gastos vinculados a programas educativos en el exterior no pagan ni el 30% del impuesto PAIS ni el 35% de retención del Impuesto a las ganancias o bienes personales.
Dólares en Argentina
Hoy es 1 de diciembre de 2020 y si quiero comprar dólares en Argentina, tengo un límite de USD 200 (si es que puedo hacerlo porque tengo más de 10 limitantes). Además debo pagar un impuesto del 30%, denominado PAIS y me realizan una retención del 35% a cuenta del impuesto a las ganancias o bienes personales. Es decir, si el dólar oficial está $85, termino pagando $140 por dólar. Esto también sucede para las compras realizadas con tarjeta de crédito. Es decir, tenemos DOLAR OFICIAL ($85) y DOLAR TURISTA ($140). También tenemos, entre otros, DOLAR BLUE ($150). Esta es una pequeña introducción para los extrajeros que leen el blog 🙂
Para muchos, esto signifcó que viajar al exterior sea casi imposible. Y para otros tantos, como yo, ver esfumarse la posibilidad de que nuestros hijos estudien en el exterior. PERO, los programas educativos y gastos asociados se pagan a DOLAR OFICIAL ($85).
PROGRAMAS EDUCATIVOS: exceptuados. Estudiar en el exterior se paga a dólar oficial
Esto surgió por este POST que escribí hace unos meses: Estudiar un idioma en el exterior
En algunos casos, esto depende de la voluntad de cada banco, del gerente de la sucursal y del buen humor del empleado que los atienda. Pero este POST tiene por objetivo que todos entendamos un poco mejor para defender la postura. NO ES INTERPRETACION, es la norma que nos habilita esta posibilidad. Tampoco debemos usar esta exepción para evadir o intentar hacerlo. Como los libros, entre otros, los gastos vinculados a programas educativos no deben pagar ni el 30% del impuesto PAIS ni el 35% de retención.
Hablé con gerentes de sucursal, empleados de COMEX de bancos, viajeros que lo hicieron, viajeros que no pudieron hacerlo, con empleados de empresas que tramitan los viajes, representantes de universidades del exterior y realicé la consulta con mi oficial de cuenta. Es legal, está respaldado por las normas correspondientes PERO mucha gente lo desconoce.
PASOS A SEGUIR
- Solicitar la factura del Programa que se quiere contratar a la institución del exterior. Se deberá adjuntar factura a nombre del alumno incluyendo el nombre del pagador en la misma (el alumno puede ser un hijo/a y el pagador madre/padre). La factura puede tener un detalle que incluya en lineas separadas matrícula, programa, alojamiento, comidas y material de estudios. Todo, mientras que esté vinculado al programa, se paga a dolar oficial
- Nota/Carta de la institución con los datos del estudiante en que certifique la condición REAL de alumno regular
- Solicitar turno en el Banco con la documentación detallada en 1 y 2
- Solicitar el formulario para transferencia al exterior e indicar concepto S24 – Otros servicios personales, culturales y recreativos (Becas y gastos de estudios, Gastos médicos, Homologación de títulos)
IMPORTANTE: este beneficio aplica también si el que paga es la empresa y la capacitación en el exterior la realiza un empleado.
Con esto se realiza la transferencia al exterior a DOLAR OFICIAL. En caso de que uno realiza el pago con tarjeta de crédito, se puede pedir el reintegro del 30%+35%, siempre en forma posterior al consumo. Y se realiza al Banco o Tarjeta de crédito, según sea el emisor.
Cuando el banco dice que no se puede. Pero repetimos ‘Estudiar en el exterior se paga a dólar oficial’
Muchos bancos, por falta de voluntad o experiencia, solicitan información complementaria. Ejemplos:
- Justificación, a modo de Declaración Jurada, de por qué esa capacitación no puede realizarse en el país (?)
- Cronograma de actividades que se realizarán en el exterior (?)
Esto lo hacen para ‘cubrirse’ de un eventual cuestionamiento posterior pero es innecesario. Hacerlo depende de nuestra paciencia y tiempo versus el monto de la devolución.
Algunos oficiales enviaron a sus clientes a traer una nota de AFIP autorizando la transferencia (un delirio). Y la AFIP no la emite.
Me contaron algunas personas que luego de varios intentos, cambiaron de banco y pudieron girar al primer intento.
Qué bancos funcionan y cuales no
No realicé una encuesta representativa, pero me dijeron que funciona muy aceitado en Banco Galicia, Macro, HSBC, ICBC y Columbia. En bancos como Santander, Nación y Provincia (BAPRO) es bastante complejo. En Bancos Provinciales del interior casi misión imposible. Obvio, hay excepciones en ambos sentidos. Sucursales del Banco Galicia que dicen que NO y sucursal General Roca de Banco La Pampa que salió en la primera vez.
Para aquellos del interior que quizás no tengan opciones a un Banco Provincial y les dijeron que NO varias veces, funciona muy bien BRUBANK. Si bien no tiene sucursales, es un FINTECH que funciona por APP, una vez realizado el pago con la tarjeta, se escribe por CHAT solicitando el reintegro mencionando el codigo S24 y realizan la devolución del 30% + 35% a los pocos días. Es mejor no pagarlo que pedir reintegro pero está funcionando muy bien y para personas del interior resultó la única opción.
CASOS REALES
De todas formas, lo mejor que puede pasarnos es que dejen sus experiencias en los comentarios de este POST para que todos nos ayudemos. Es triste que no sea claro, pero por cada 1 que me encontré que lo hizo sin problemas, 1 no pudo hacerlo. Y la mayoría de las veces tuvo que ver con la ‘voluntad’ (o falta de ella) de la persona que lo atendió. Yo no tengo todas las respuestas, pero quizás entre todos podemos contestar las dudas que surjan.
MI EXPERIENCIA
Yo estoy averiguando con EF, Educación First. Me lo recomendaron varios de uds. en redes sociales. Estuve en las oficinas, me atendieron genial y mi hija eligió estudiar inglés en NY en reemplazo de la fiesta de 15. El hecho de pagar a dólar oficial, luego de las sucesivas devaluaciones del último año, nos hace volver a soñar. Espero les ayude y les dejo unos links que pueden servirles. Nosotros en casa tenemos varias revistas de todos los programas que ofrece EF con todos los idiomas que hay y sedes disponibles. Las envían gratis a sus casas y tiene mucha info: precios de cada programa en USD, opciones de alojamiento, cursos posibles, idiomas, escuelas en el mundo, opciones para adolescentes adultos, viajes grupales, etc, etc, etc.
Ojalá esto les haya servido y sigamos soñando en viajar y estudiar en el exterior a dolar OFICIAL.
REVISTA GRATIS en tu casa con todos los programas
Cotizaciones
- Pedí una cotización (adultos)
- Pedí una cotización (larga duración)
- Pedí una cotización (adolescentes)
Para conocer tu nivel de Inglés
Les dejo unas fotos de las escuelas de BOSTON (donde quiero estudiar yo) y de New York (donde quiere estudiar mi hija)

MI sueño es ir a esta escuela de BOSTON

Mi hija quiere estudiar en New York


2 diciembre, 2020 a las 2:25 am
Hola Juano! Hace unos años fui a una charla de EF porque tenía ganas de vivir la experiencia. Son super amables, te cotizan las veces que les pidas por cualquier cosa: cambio de escuela, de destino, más o menos semanas, alojarse en campus o por fuera. Y a los pocos días de la charla llegó la revista a casa.
Finalmente no viajé porque decidí hacer otra cosa, pero queda pendiente.
2 diciembre, 2020 a las 3:07 am
Hola! Sentí lo mismo que vos. Súper amables y pacientes. Yo no me decido por la incertidumbre del país pero el hecho que sea a dólar oficial me anima
2 diciembre, 2020 a las 2:34 am
Muchas gracias por la info! Excelente. ! Cómo todo lo que compartís.! Saludos!
2 diciembre, 2020 a las 3:08 am
Gracias María por leer y dejar ese lindo comentario
2 diciembre, 2020 a las 3:29 am
Hola Juano, qué buena info! Despierta un interes que ya habia quedado en el 5to subsuelo mas o menos ..ahora, lo que te cotizan ellos solo incluyen los gastos una vez que llegas a destino no? O tambien estarian incluidos los traslados?.gracias!
2 diciembre, 2020 a las 3:45 am
Hola! Lo único que no incluye es el pasaje. El resto podes ir allá inclusive
2 diciembre, 2020 a las 1:26 pm
Te agrego que si pagas con Amex directa ni siquiera te los cobran.
Ellos cobran los impuestos en el resumen siguiente al cargo y no en el mismo como todos los demás, por lo que si en ese tiempo avisas y presentas la documentación no es pagar y que después te lo reintegren, directamente no te los cobran.
3 diciembre, 2020 a las 1:25 am
MUCHAS GRACIAS GIselle! Espectacular el dato que aportás!
4 mayo, 2021 a las 2:09 pm
Giselle, buen día, acabo de hablar con AMEX y me refieren que es como vos decís, pero para plataformas educativas, no para universidad presencial.
Puede ser? Vos estas cursando en el extranjero?
Muchas gcs
28 julio, 2021 a las 11:23 am
Hola Alfredo! Estoy en la misma que vos, al final pudiste tener una respuesta respecto a esto? . Te mando un abrazo!
20 septiembre, 2021 a las 4:40 pm
Hola’ me pasa lo mismo con el macro. Hace unos meses había pagado y sin impuestos pero ahora que tengo que hacer el segundo pago dicen que por ser presencial va con impuestos. Cualquiera porque en el primer pago no me habían trabado x eso. Un engorro
22 junio, 2021 a las 10:33 pm
Hola. Tengo problemas para pagar a Fordham University mediante BBVA. Me dan mil vueltas. Eso de pagar con AMEX directa es así? Donde presento la documentación?
Gracias
21 enero, 2022 a las 12:22 am
Como hiciste? Pague con amex y si el
programa se cursa presencial no me lo reintegran!!!
2 diciembre, 2020 a las 2:35 pm
Hola! Les comento mi caso. Curso una maestría en UNIR a distancia. Pago las cuotas con tarjeta de crédito de HSBC. En un principio solo me cobraban el 30% del impuesto país. Luego me sumaron el 35%.
Desde mi sucursal se negaban a realizar el trámite de la devolución del 35% ya que, según ellos, le tenía que hacer el reclamo a AFIP. Solo me reintegraban el 30%. Daba esa plata por pérdida porque no obtenía otra respuesta hasta que seguí los consejos de Juano.
Cambié de sucursal y me recibieron todo sin tanta vuelta. Presenté declaración jurada, factura, plan de pagos, comprobante de pago, carnet y carta de bienvenida de UNIR. Me tomaron el trámite y me reintegrarán ese dinero en un plazo máximo de 30 días hábiles.
Suerte para todos y no dejen de insistir porque no corresponde pagarlo.
3 diciembre, 2020 a las 1:39 am
Me hiciste el día Marina y este POST ya justificó haberlo hecho!
14 septiembre, 2021 a las 9:30 pm
Estoy en la unir haciendo un grado en derecho. Presente todo en sucursal banco santander ya varias veces y no me dan bola. Asi que la que me queda es citar a mediacion fuero consumidor. Luego les cuento como me va. Es bastante plata la que me ahorraria. En fin, tremendo que tengamos que reclamar lo que nos corresponde.
2 diciembre, 2020 a las 2:48 pm
Muy buen posteo! Estoy viendo de hacer un curso online, que debo pagar en USA… Sirve también para pagar cursos online?
2 diciembre, 2020 a las 10:19 pm
Recién leí por Twitter que sí. También es para cursos online
3 diciembre, 2020 a las 1:40 am
Si, sirve para pagos online. Fijate el comentario de Marina que es exactamente ese caso!
2 diciembre, 2020 a las 10:19 pm
Alguien conoce alguna otra empresa similar? Porque hablé con esta y no tiene portugués en Portugal.
3 enero, 2021 a las 6:52 pm
Hoy enero del 2021, si tengo que comprar un pasaje en una aerolínea para hacer un viaje de estudio, también se le descuenta el 30%?
8 enero, 2021 a las 1:35 pm
Hola. Solo aplica a los gastos de estudio una vez llegas allí. El pasaje lamentablemente no aplica
15 enero, 2021 a las 9:28 am
Excelente post Juano!
Queria hacerte una consulta, desde hace 2 semanas el amable personal de COMEX del Santander me está dando mil vueltas para no aprobarme la transferencia.. Resulta que como es un curso presencial me piden un ticket aereo. El problema es que yo llegue a Australia un año antes que el inicio de mi curso y al enviarle el ticket me dicen que las fechas no coinciden.. Entonces les respondo: “No coinciden porque llegué un año antes y no sabia de las transferencias al exterior, pero estoy haciendo un nuevo curso y lo quiero abonar de esta modalidad”. Entonces se me ocurre enviar mi contrato de alquiler, en Australia y a mi nombre, solo para demostrar que estoy aquí, y siguen rechazando la transferencia (por el mismo motivo).
Alguna vez te consultaron algo asi?
Saludos!
19 enero, 2021 a las 10:59 pm
Hola Agustín.
No podés cambiar de banco o sucursal? Lamentablemente es muchas veces mala voluntad o ignorancia del que te atiende. Si escuché de gente que lo solucionó al cambiar de sucursal o banco. Además sea o no presencial no es limitación. Es decir, está mal lo que te dicen pero no es la primera vez que lo escucho.
1 marzo, 2021 a las 11:48 pm
Hola Agustín! Pudiste? Estoy en Australia queriendo hacer lo mismo… pero tengo un par de dudas del proceso
25 enero, 2021 a las 11:04 pm
Hola Juano!! que buena info! si quiero hacer una diplomatura puedo hacer los mismos pasos? cómo sería con el tema alojamiento si tengo que buscar yo misma un departamento para quedarme (como tengo un hijo no puedo ir a la de la facultad)
26 enero, 2021 a las 4:57 pm
En el caso de EF podés ir a la Universidad o a una casa de familia. Si lo sacas por tu cuenta no creo que te acepte el banco pagar a dólar oficial. Siempre lo mejor es que sea una factura con «todo incluído»
28 enero, 2021 a las 5:02 pm
Hola, felicito a todos por los buenos datos y en especial a Jano. Les comento que acabo de abrir una cuenta en Brubank, estoy en línea con una operadora a la que le explico que debo pagar un curso en el exterior que por tratarse de estudio está exento de los impuestos de emergencia y que debe tomarse al valor del dólar oficial, pero me dice que haga el pago con la tarjeta Visa que ellos me van a dar, sin hacer ningún trámite previo, que después ellos me van a informar qué paso seguir. Algunos de ustedes tiene experiencia para compartir al respecto. Desde ya muchas gracias
4 febrero, 2021 a las 5:52 pm
Hola Gente! Comparto respuesta por parte del BCRA por consulta que hice al respecto, que le puede llegar a ser útil a alguno de él ustedes.
Habiéndose dado intervención a la Gerencia de Normas de Exterior y Cambios de esta Institución, dicha dependencia informó con relación al objeto de su solicitud, lo siguiente “(…) En aspectos de la normativa cambiaria vigente, cabe destacar que las entidades autorizadas a operar en cambios son, en primera instancia, las responsables de analizar el caso y la documentación aportada a los fines de determinar el encuadre de la operación en la normativa vigente, debiendo efectuar una presentación ante este Banco Central solo en aquellos casos en los cuales resulte necesario realizarla.
En ese sentido, y de acuerdo con el punto 1.8. del Texto ordenado de las normas sobre Exterior y cambios (“TO”), en caso de que la entidad deba realizar una consulta o pedido de conformidad previa deberá realizar una presentación en la mesa de entrada del BCRA, dirigida a la Gerencia Principal de Exterior y Cambios, en la que debe constar un análisis de la entidad interviniente del encuadre de la operación, nota original del cliente y los datos necesarios para identificar la operación para poder proceder a su análisis de acuerdo con el tipo de consulta o pedido que se realiza, acompañando la documentación que entienda relevante para el análisis de lo solicitado.
No obstante, cabe señalar que de acuerdo a lo establecido en el punto 3.2 del TO las entidades pueden dar acceso para cancelar deudas por servicios, entre ellos ‘otros servicios personales, culturales y recreativos’, en la medida que verifique que la operación se encuentra declarada, en caso de corresponder, en la última presentación vencida del ‘Relevamiento de activos y pasivos externos’ y cuente con la documentación que le permita verificar que es un servicio prestado por un no residente a un residente.
En ese sentido, el mencionado punto indica que se requerirá la conformidad previa del BCRA para el acceso al mercado de cambios para precancelar deudas por servicios.
También será necesaria dicha conformidad para cursar pagos de servicios a contrapartes vinculadas del exterior, excepto para:
3.2.1 Las emisoras de tarjetas de crédito por los giros por turismo y viajes en la medida que no correspondan a las operaciones que requieran la conformidad previa del BCRA según lo previsto en el punto 4.1.4.
3.2.2. Agentes locales que recauden en el país los fondos correspondientes a servicios prestados por no residentes a residentes.
3.2.3. Las entidades por los gastos que abonen a entidades del exterior por su operatoria habitual.
3.2.4. Pagos de primas de reaseguros en el exterior. En estos casos, la transferencia al exterior deberá ser realizada a nombre del beneficiario del exterior admitido por la Superintendencia de Seguros de la Nación.
3.2.5. Transferencias que realicen las empresas de asistencia al viajero por los pagos de siniestros de cobertura de salud originados en servicios prestados en el exterior por terceros a sus clientes residentes.
3.2.6. Pagos por arrendamientos operativos de buques que cuenten con la autorización del Ministerio de Transporte de la Nación y sean utilizados para prestar servicios en forma exclusiva a otro residente no vinculado, en la medida el monto a pagar al exterior no supere el monto abonado por este último neto de las comisiones, reintegros de gastos u otros conceptos que corresponde sean retenidos por el residente que realiza el pago al exterior (agregado por Comunicación “A” 6972).
Por otra parte, respecto a lo indicado sobre la posibilidad de realizar los pagos mediante el uso de tarjetas de crédito, cabe señalar que la actual normativa cambiaria del Banco Central de la República Argentina no establece restricciones ni el requisito de conformidad previa para la utilización de las tarjetas emitidas en el país para la concreción de compras en línea de bienes y servicios mediante los mecanismos de pago provistos por los proveedores de servicios de pago.
La Comunicación “A” 6823 (receptada por el punto 4.1.4. del Texto Ordenado de Exterior y Cambios) estableció el requisito de conformidad previa para el acceso al mercado de cambios por parte de las empresas emisoras de tarjetas de crédito, débito y prepagas cuando éstas deban realizar pagos al exterior originados en la utilización de los mencionados instrumentos en ciertas transacciones, entre ellas; la transferencia de fondos a cuentas en proveedores de servicios de pagos que no correspondan a operaciones comerciales.
En ese contexto, si existieran dificultades para la realización de un pago, las mismas podrían estar relacionadas con cuestiones operativas de los procesos internos de las empresas emisoras de tarjetas con el objeto de establecer si una operación que pretende concretarse a través de un proveedor de servicios de pagos corresponde (…) o no a (…) una transacción que requerirá solicitar oportunamente la conformidad de este Banco Central.
Por lo tanto, en caso de tener que realizar consultas respecto a ese tipo de dificultades, las mismas deberían ser canalizadas a su entidad financiera o, en su defecto, a la empresa emisora de su tarjeta de crédito, débito o prepaga.
Finalmente, cabe señalar respecto a los temas impositivos que pudieran estar involucrados en la operación consultada, que no resultan competencia de este Banco Central, ya que la regulación correspondiente, tanto a la aplicación del impuesto PAIS como del Régimen de percepción de impuesto a las ganancias a la operación planteada en su presentación, resulta competencia de la Administración Federal de Ingresos Públicos, quien dio a conocer la implementación de los mencionados regímenes de percepción mediante la Resolución General 4659/2020 y Resolución General 4815/2020.
Informamos adicionalmente que la normativa citada puede ser consultada en la página del Banco Central en Internet identificada como http://www.bcra.gov.ar en ‘Sistema Financiero’, ‘Marco Legal y Normativo’, ‘Ordenamientos y resúmenes’ y ‘Sobre Normativa’.” (…)
29 enero, 2021 a las 5:56 am
Hola Juano
Acabo de pagar MBA en España, todo dólar oficial con Santander. Acá el formulario para el que use Santander es el I08. La gente de Comex muy abierta a gestionarme el proceso.
30 enero, 2021 a las 11:09 am
Que bien! Felicitaciones
19 febrero, 2021 a las 12:16 am
Hola Ricardo, ¿como andas? Yo estoy en el Santander y me dice que es solo para cursos on-line. Me tiras data de que sucursal lo toman? Gracias.
30 marzo, 2021 a las 8:15 pm
Hola Ricardo. Mi hijo viaja a Estados Unidos en agosto y estoy peleando con los bancos. El santander de Paraná ya me cerró las puertas. Cómo hiciste. ?? Te agradecería me contes un poco tu trámite. Ahora puese un abogado para iniciar una causa contra el impuesto pais. Saludo s cordiales.
31 marzo, 2021 a las 4:33 pm
Hola el MBA es presencial en España?
Te validaron el trámite?
25 mayo, 2021 a las 11:47 pm
Hola Ricardo, muchas gracias por la información. El MBA que vas a realizar es presencial o a distancia?
Muchas gracias por tu ayuda.
19 junio, 2021 a las 8:08 pm
Hola Ricardo podes decir en que sucursal haces el trámite, gracias
5 julio, 2021 a las 8:38 pm
Hola muy buena información para quienes estamos en proceso. Quiero ir con la familia a Canadá a estudiar un intensivo de inglés y el gobierno canadiense me pide 35mil CAD por la familia .. son los fondos para demostrar que tenemos con que sustentarnos lo que dura el curso. ¿Alguien tiene idea si se incluye todo el dinero o solo lo que vale el curso?
26 agosto, 2021 a las 3:42 pm
Buenas tardes Nani, yo estoy en Canadá recientemente por estudios de mí señora. Lo que te pide es demostrar ese dinero, pero luego al entrar solo te piden el pago de un term. Luego es pelear con los bancos de argentina para que puedas pagar por transferencia a la universidad. En nuestro caso solo Santander nos dejo pagar un term y ahora estoy peleando para poder pagar el año completo que sigue. Suerte
29 enero, 2022 a las 1:05 pm
Hola, Alberto. Estoy tramitando para estudiar en Canadá un intensivo de Inglés. ¿con cual sucursal de santander pudieron hacer la gestión? gracias
30 enero, 2021 a las 9:58 am
ahola, me podrias decir el numero de la reglamentacion del BCRA o AFIP que explica esto? ya que tengo que hacer una transferencia para un master y quiero atajarme ante posibles incovenientes. Gracias.
31 enero, 2021 a las 8:27 pm
Hola, tenemos hijo estudiando en Canadá, le hicimos transferencias a la Universidad por un Banco y él realizó pagos menores con tarjeta de crédito por otro Banco, siempre de matrícula y residencia. El primer Banco no reconoce la exención, el segundo, de la tarjeta de crédito, sí. Hice consulta a AFIP y no hacen interpretación, solo transcriben el inc del art 36 de la Ley 27.541que taxativamente no habla de la exención para estos pagos. Pero hay que ver dos consultas a AFIP que pueden desmentir esto: ID 25685469 que lleva a la ID 25179366, donde se nombran las resoluciones del BCRA.
1 febrero, 2021 a las 1:10 am
La universidad debe hacer una factura idealmente a tu nombre y mencionar que el alumno es tu hijo. Cambiá de sucursal. Cómo pusieron varios en los comentarios, se paga a dólar Oficial pero a muchos empleados les es más fácil decir que no
12 febrero, 2021 a las 6:53 am
Hola. Yo estoy por empezar el tramite de pagarme un curso en el exterior. Porque aclaran que es a dolar oficial? La transferencia se hace en pesos? Lo pregunto porque aunque el curso es en euros, yo pensaba pagarlo desde lo dolares que tengo en mi cuenta. Eso nose puede? Debe ser en pesos desde aca?
12 febrero, 2021 a las 11:05 am
Porque de lo contrario, al hacerlo con euros ya pagaste el impuesto. Les cuento que el Banco que nos cobró el impuesto por transferencias por pagos a la Universidad que asiste nuestro hijo, ante nuestro reclamo, lo rechazó porque “acudimos al mercado libre de cambios”. Nos preguntamos entonces de qué manera se puede abonar al exterior sin hacerlo, más aún habiendo cepo.
12 febrero, 2021 a las 12:57 pm
hola! Claro, tus dólares equivalen a $150. Y vos podrías pagar el curso a dólar oficial de $90, debitando el equivalente de los euros en pesos de tu cuenta. Me explico?
12 febrero, 2021 a las 5:49 pm
Hola, ya hable con el banco, pero dice que esta exento de estos impuestos solo si el curso es online, si es presencial (porque yo viajo para alla) tengo que pagar el pais y el de ganancias. estuve mirando en la pagina de afip y lamentablemnete tiene razon: dice que estan exentos las Plataformas educativas. Plataformas, o sea, online. cIto:
«Los gastos referidos prestaciones de salud, medicamentos, adquisición de libros en cualquier formato, utilización de plataformas educativas y software con fines educativos.»
una lastima. no se como hicieron los que pagaron al dolar oficial
13 febrero, 2021 a las 12:19 am
Hola Adriana. No es así. Conozco casos de gente q el curso no es online y lo pagó a dólar Oficial. Cambiá de banco o de sucursal.
13 febrero, 2021 a las 7:33 am
Yo no hable con la sucursal, directamente llame al area centralizada de Comercio Internacional del Banco Frances (que calculo es lo que haràn en las sucursales cuando uno va, llamar ahi). Para hacerlo en otro banco hay que tener cuenta. Quise pelearsela, pero en la web de AFIP dice claramente que es solo para PLATAFORMAS educativas. Me gustarìa si alguno de los que se lo tomaron a dolar oficial y el curso es presencial, me puede dar una mano y decirme que argumentò, o que puedo decirles, o que ley presentò. Ayudaaaaa!!!! o si lo hizo alguno en el frances que me diga còmo hizo. Algo concreto asi yo me agarro de ahi